marzo 20, 2017

GENERALIDADES DE LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES

Génesis de las Garantías

La aparición de las garantías surge como defensa de la autonomía individual ante el abuso de esos tiempos. Como una medida para "proteger" las cuestiones que nos identificaban y beneficiaban como humanos ante la sociedad (y dentro de ella). 
Las garantías constitucionales de México son el producto resultante de un análisis comparativo con las instituciones jurídicas (normativa) de otros países angloamericanos.

Acepción de la Palabra "Garantía"

Garantía: Asegurar, proteger, defender o salvaguardar. Es una forma de referirse al "aseguramiento" de algo. Sabes que es algo "garantizado", "seguro" como se dice usualmente.

De acuerdo a Hans Kelsen, filósofo alemán, las garantías en el derecho se refiere a aquellos "procedimientos o medios para asegurar la ley fundamental frente a las normas jurídicas secundarias." Lo describe como una serie de pasos que garantizan una ley necesaria frente a las demás.

Como protección, entendemos que es un tipo de seguridad a favor a los que son gobernados (el pueblo) que pertenecen a una sociedad (una nación)

Precisiones Terminológicas

Un sociedad en la que no esté establecida la garantía de los derechos, ni determinada la separación de poderes, carece de constitución - Declaración Francesa de Derechos del hombre y el Ciudadano de 1789 - art. 16


Fuentes de las Garantías Constitucionales

  • Formales: Referente a la legislación escrita. Es aquel vínculo jurídico que liga la protección, que la "avala".
  • Reales: Son los acontecimientos que influyen en la formación de derechos
  • Históricas: Son todo tipo de documentos que permiten que estudiemos y comprendamos sobre las instituciones jurídicas de otros tiempos.

Características de las Garantías Constitucionales

Las garantías, por lógica, tienen la obligación del estado de hacerlas valer. Por ende se puede decir que son supremas, ya que se encuentran establecidas en la constitución, y tiene preferencia sobre otras normas. Éste viene ligado a la siguiente característica: son rígidas, ya que al pertenecer a una norma jurídica, su valor de cumplimiento es implícito, y no puede ser modificada sin previo debate; y al encontrarse dentro de la Carta Magna se reconoce como absolutos; esto es, se aplica a todos por igual, sin distinción alguna de raza, sexo, entre otros, y no podrán serles negadas a ellos, a menos que se den los casos especiales que la misma ley; aunque no se tomará la renuncia o transmisión de ellas a otras personas ya que son irrenunciables e inalienables. Así mismo, son unilaterales, ya que otorgan beneficios a los ciudadanos, que por ser humanos los tienen (característica de originalidad). Y la última y más importante, se consideran subjetivos públicos, ya que son facultades que el estado está obligado a hacer valer (con sus limitaciones, claro).

Relación Jurídica de las Garantías Constitucionales

En las garantías constitucionales, participan 2 sujetos de derecho en su ejercicio:
  • Sujeto Activo: También conocido como el gobernado. Es aquel ente/persona, física o moral, que reside dentro de la sociedad, con derechos y capaz de contraer obligaciones. La relación que mantiene con el estado se conoce como de coordinación. ff
  • Sujeto Pasivo: Conformado por el estado y sus órganos. Está limitado por los derechos protegidos del sujeto activo. También se une con él por el vínculo de coordinación; así como por el de subordinación (el sujeto activo debe obedecerlo así como el estado debe respetar sus derechos) y de supra-ordinación (que indica las funciones de cada uno)

Catálogo de las Garantías Constitucionales

Las garantías constitucionales en la Carta Magna se encuentran en los primeros 29 artículos bajo el título de De los Derechos Humanos y sus Garantías:

  1. Todos en los Estados Unidos Mexicanos gozarán de los derechos humanos reconocidos en la presente y los tratados internacionales
  2. La nación mexicana es única e indivisible; así mismo, pluri-cultural, que vela por los derechos de los indígenas
  3. Toda persona tiene derecho a la educación
  4. El varón y la mujer son iguales ante la ley
  5. Libertad de elección de profesión
  6. Libre acceso de información
  7. Libertad de opinión
  8. Derecho de petición - respeto por los funcionarios públicos
  9. Libertad de asociación pacífica
  10. Libertad a la posesión de armas en el domicilio
  11. Libertad de tránsito, mudanza e ingreso a la nación
  12. Prohibición de títulos de nobleza
  13. No podrá nadie ser juzgado por leyes especiales
  14. Nadie podrá ser privado de su propiedad; así mismo, la retroactividad (elegir una nueva ley) debe ser siempre en beneficio del individuo
  15. Prohibidos los tratados para la ex-tradición de reos políticos
  16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles y posesiones
  17. Ninguna persona puede ejercer justicia por sí misma
  18. Sólo los delitos requeridos tendrán sanciones de prisión preventivas
  19. Ninguna detención judicial excederá las 72 horas
  20. El proceso penal será acusatorio y oral
  21. La investigación de delitos estará encabezada por el Ministerio Público y policías
  22. Prohibición de la pena de muerte, mutilación y penas similares
  23. Ningún juicio criminal se llevará en más de tres instancias
  24. Libertad de culto
  25. El desarrollo nacional estará velado por el estado
  26. Y el mismo estado creará un sistema de planeación del mismo
  27. La propiedad de las tierras y aguas colindantes de nuestro territorio son de la nación
  28. Prohibición de los monopolios
  29. Las garantías serán suspendidas ante los casos de invasión, peligro a la sociedad y relativos que el Presidente con la autorización del Comité establezca

Relación entre las Garantías Constitucionales y los Derechos Humanos

Los derechos humanos son aquellos que le corresponden al hombre por el hecho de existir, de ser humano; son los que conocemos como derechos naturales. Por su parte, las garantías constitucionales es la facultad que nos permite disfrutar de los derechos humanos; es como "el permiso que los garantiza".
Los derechos es la cosa; la garantía la obligación.

Fuentes de Información

AGUILAR Balderas, Lidia. Derecho Constitucional. Sistema Constitucional Mexicano. Editorial Patria. México 2014.  Consultado el 19 de Marzo del 2017 en Google Books

Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el Instituto Politécnico Nacional. Los Derechos Humanos en el Sistema Jurídico Mexicano. Consultado el 19 de Marzo del 2017 en Archivo PDF

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 2017 - ACTUALIZADA. Consultado el 19 de Marzo del 2017 en Archivo PDF

Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. Consultado el 19 de Marzo del 2017 en Archivo PDF

KELSEN, Hans. Teoría General del Derecho y del Estado. UNAM. México 1995. Consultado el 19 de Marzo del 2017 en Google Books

Universidad Internacional Atlántica. Garantías Individuales. Consultado el 19 de Marzo del 2017 en Archivo PDF

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